Comunidad Valenciana: Ayudas para la implantación del autoconsumo eléctrico en empresas y entidades

El 10 de julio se abrió el plazo en la Generalitat Valenciana de presentación de solicitudes para las ayudas a la implantación del autoconsumo eléctrico. De este modo, la Generalitat da un paso en la promoción de instalaciones de autoconsumo para la generación de electricidad limpia en un región que goza de excelentes índices del recurso solar (zonas III, IV y V según el CTE) para aprovechar la energía fotovoltaica.

Objetivos de las ayudas y quién puede acogerse

Mediante la creación de un Fondo de Promoción, dentro del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana, en el ejercicio de 2017, se promocionarán programas de naturaleza energética destinadas a incentivar la economía. Por tanto las ayudas se conciben no sólo como un elemento de propagación para las instalaciones de autoconsumo, sino también un elemento dinamizador de la economía de la región. El fomento del “empleo verde” es ya una realidad en Europa, y comienza a serlo también aquí en España -aunque menos de lo que nos gustaría, cabría añadir-.

Se pueden acoger a estas ayudas al autoconsumo  empresas (incluidas individuales), ayuntamientos y cualquier entidad o persona jurídica, pública o privada, con sede en la Comunitat Valenciana; la única excepción son las comunidades de propietarios de viviendas.

En cuanto a las actuaciones susceptibles de recibir ayudas, serán aquellas enmarcadas como instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables o residuales, comprendidas en las modalidades del artículo 9 de la Ley 24/2013 de 16 de diciembre del Sector Eléctrico, y en concreto las de Tipo 1 y Tipo 2 del Real Decreto 900/2015 del 9 de octubre que regula las condiciones técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.

ayudas autoconsumo ivace

Características de las ayudas autoconsumo

El límite máximo es de 300.000 euros sin incluir el IVA al tratarse de empresas. Se trata de una línea bonificada, ya que incluye un tipo de interés del 0% sin comisiones de estudio ni apertura, con un periodo máximo de amortización del prestamo de 10 años mediante cuotas semestrales. Sintetizamos en el siguiente cuadro resumen las características de las ayudas:

  • Importe máximo del préstamo: 300.000 €
  • Porcentaje máximo financiable de la inversión: 100% de la inversión.
  • Tipo de interés: 0%
  • Comisiones: sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
  • Periodo máximo de amortización del préstamo: 10 años

Por su parte, los costes que pueden imputarse a la solicitud de estas ayudas incluyen la inversión de los equipos, la instalación y obra pertinente y otros costes administrativos:

  • Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, sistema de control y regulación, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
  • En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.
  • Obra civil estrictamente necesaria y vinculada a la instalación objeto de financiación siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
  • Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión.
  • Costes de tramitación administrativa de las instalaciones e inscripción en los registros de autoconsumo y de producción de energía eléctrica.
  • En su caso, costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas.

Otros aspectos a tener en cuenta

La suma de los costes del proyecto a financiar deberá ser, en todo caso, superior a 10.000 euros. Asímismo, los equipos que integren la instalación han de ser nuevos y sus elementos principales (ententidos como el generador y el equipo de conversión de energía) han de estar fabricados en la Unión Europea.

Además, para poder solicitar y obtener estas ayudas, sólo son consideradas apoyables las instalaciones de autoconsumo cuyo titular coincida con el titular del punto de suministro, tanto en la modalidad Tipo 1 como en la modalidad Tipo 2.

Criterios de valoración

A la hora de adjudicar las ayudas se tendrán en cuenta una serie de parámetros, siendo los más importantes a nivel de puntuación aquellos que definen las características propias del proyecto: calidad técnica de la memoria, viabilidad económica, sector y tipo de aplicación, potencia instalada (mayor puntuación a las de menor potencia, en teoría, para inducir a más instalaciones), producción energética (más puntos a las de mayor rendimiento), grado de innovación tecnológica y tecnología de autoconsumo de la instalación.

Otros parámetros que valora el proceso de adjudicación son el impacto en la economía de la Comunidad, y la solvencia de la empresa en cuestión.

Para obtener más información, puedes acudir al IVACE, en el apartado de Financiación Bonificada para Proyectos de Autoconsumo Eléctrico en Empresas y Entidades.

Un comentario sobre “Comunidad Valenciana: Ayudas para la implantación del autoconsumo eléctrico en empresas y entidades

Deja un comentario