Os anunciamos que en el marco del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana (PECV), pueden presentarse, desde el 3 de marzo de 2020 hasta el 7 de mayo de 2021 las solicitudes para acogerse a estas ayudas.
¿Qué es y quién puede acogerse a estas ayudas a la fotovoltaica en Alicante, Valencia y Castellón?
Se trata de unas ayudas destinadas al fomento de la generación renovable mediante el autoconsumo eléctrico.
Pueden acogerse empresas, empresas individuales, ayuntamientos, etc., con sede en la Comunidad Valenciana. Quedan exentas las comunidades de propietarios de viviendas.
¿Qué tipos de ayuda aporta este plan de estímulo a la fotovoltaica en la Comunidat Valenciana?
La ayuda consiste en la concesión de un préstamo bonificado en su tipo de interés sobre los costes subvencionables de los proyectos asociados.
Las características de este préstamo bonificado son las siguientes:
- Importe máximo del préstamo: 300.000 €
- Porcentaje máximo financiable de la inversión: 100% de la inversión.
- Tipo de interés: 0%
- Comisiones: sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
- Periodo máximo de amortización del préstamo: 8 años
- Garantías: la garantía será del 50% del importe del préstamo concedido. Quedan exceptuados de la obligación de aportar garantías las entidades locales.
- Ajuste de garantía: Una vez transcurrida la mitad del periodo de amortización del préstamo el IVACE ajustará de oficio el importe de la garantía para mantener el porcentaje del 50%.
Procedimiento, esquema general y recomendaciones
El esquema anterior resume el procedimiento de solicitud, tramitación y resolución de las ayudas a la fotovoltaica para empresas en la Comunitat Valenciana.
Por nuestra parte, recomendamos a todas las empresas interesadas en una instalación de autoconsumo fotovoltaico en Alicante, Valencia y Castellón, seguir las siguientes líneas generales:
- Infórmate y déjate asesorar: si tienes interés en una instalación de este tipo, solicita a empresas especializadas que estudien tu factura eléctrica y aporten un estudio sin compromiso.
- Cerciórate de que la actuación es financiable: si sigues teniendo dudas después de este artículo, puedes contactar con nosotros o con el IVACE para obtener más información.
- Presenta tu solicitud de financiación: recuerda que dicha solicitud debe realizarse con caracter previo a la ejecución del proyecto. Puedes realizarla en el registro electrónico del IVACE y, como señalábamos antes, financiar hasta el 100% de la inversión con un interés del 0%. Una vez te confirmen, puedes dar luz verde a tu proyecto de autoconsumo fotovoltaico.
¿Qué costes de la instalación fotovoltaica de autoconsumo son subvencionables?
Los costes elegibles que se considerarán en el cálculo a efectos de la distribución del presupuesto de la convocatoria son los siguientes:
a) Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, sistema de control y regulación, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.
b) Obra civil estrictamente necesaria y vinculada a la instalación objeto de financiación siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
c) Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión.
d) Costes de tramitación administrativa de las instalaciones e inscripción en los registros de autoconsumo y de producción de energía eléctrica.
e) En su caso, costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas.
La suma de los costes elegibles del proyecto a financiar deberá ser superior a 10.000 euros. Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones que estén constituidos por equipos nuevos, sin uso previo.
Los criterios de valoración contemplan factores como la calidad técnica de la memoria del proyecto y su viabilidad económica, el rendimiento o la menor potencia instalada. También al impacto que el proyecto pueda tener en la economía de la Comunitat y la solvencia económica de la empresa.
Para consultar el resto de las bases, pincha aquí.
Solicitud y documentación a aportar para las ayudas al autoconsumo en la Generalitat Valenciana
Las solicitudes deberán presentarse antes del inicio del proyecto.
Debe realizarse única y exclusivamente de forma electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad –o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
La documentación a presentar que deberá presentarse utilizando los medios telemáticos:
a) Solicitud de ayuda, conforme al modelo normalizado disponible.
b) Memoria técnica, según modelo disponible en el apartado ‘Documentación anexa’ a la derecha de esta página.
c) Resto de documentación descrita en el artículo 7 de la resolución de convocatoria.