EL IVACE, en aras de favorecer el grado de penetración de este tipo de vehículos en nuestro parque móvil, ha abierto una nueva línea de ayudas para las estaciones de recarga de acceso público. Desde el pasado 20 de febrero está abierto el plazo para presentar las solicitudes de ayudas a la infraestructura de vehículos eléctricos 2021.
Tipos de proyectos que recoge la medida destinada
En esta actuación se diferencian los siguientes tipos de proyectos:
- Estaciones de recarga rápida de acceso público para vehículos eléctricos (Tipo 1)
- Estaciones de recarga semi-rápida de acceso público para vehículos eléctricos (Tipo 2).
Es decir, en todo caso los puntos de recarga para vehículos eléctricos que pueden acogerse a estas ayudas han de ser de acceso público.
Al margen de lo anterior, otro elemento condicionante a tener en cuenta es que sólo se aceptarán proyectos iniciados a partir de la fecha de solicitud de la ayuda.
Fechas, plazos y beneficiarios de las ayudas para puntos de recarga
El sector del transporte es el que más consumo energético demanda en la Comunitat Valenciana, una demanda que se satisface casi en su totalidad mediante el petróleo, con lo que ello conlleva en materia de calidad del aire y Gases de Efecto Invernadero. De ahí la necesidad de enfocar políticas activas en materia de ahorro y eficiencia energética directamente en este sector.
En síntesis, los aspectos clave de estas nuevas medias son:
- Fecha presentación solicitudes: Desde el 20 de febrero de 2021 hasta el 23 de marzo de 2021
- Plazo de justificación hasta el 16 de diciembre de 2021
- Dirigido a: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales pertenecientes a la Comunitat Valenciana.
Cuantías de las ayudas para los puntos de recarga de vehículos eléctricos
La cuantía máxima de esta actuación es el 80 del coste subvencionable. Además, se tendrán en cuenta los siguientes costes subvencionables máximos en función de la tipología del punto de recarga:
- Para estaciones de recarga rápida (Tipo 1) el coste subvencionable máximo será de 45.000 euros por punto de recarga.
- Para estaciones de recarga semirápida (Tipo 2) el coste subvencionable máximo será de 15.000 euros por punto de recarga.
Se considera coste subvencionable la inversión elegible del proyecto, considerándose inversión elebible:
- La estación de recarga de vehículo eléctrico que cumpla con lo especificado en el apartado a) del Anexo de la convocatoria.
- El cableado y obra de instalación del mismo desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el dispositivo o sistema donde se conecta el vehículo para su recarga, incluido éste.
- Sistema de pago integrado en la estación de recarga.
- Señalización de las estaciones de recarga, marquesina y auxiliares.
- Sistema de gestión, control y seguridad.
- Obra civil y costes de ingeniería y dirección de obra.
- Los contadores inteligentes, que habrán de ser facilitados por las compañías eléctricas, generalmente bajo régimen de alquiler.
- El IVA satisfecho por la adquisición de bienes y servicios facturados y, en general, cualquier impuesto pagado.
- Los gastos financieros consecuencia de la inversión, los de personal propio y los de adquisición de inmuebles y terrenos.
- Los costes de adquisición de bienes de equipo de segunda mano.
- Coste del transporte de los materiales.
- Dietas del personal relacionado con el proyecto y formación del personal a cargo de las instalaciones.
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Gracias por el artículo no habia encontrado nada tan completo del tema.